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junio 13, 2019- La empresa Sinergias de Seguridad presentó concurso de acreedores voluntario al día siguiente de la adjudicación del servicio
- La Ley de Contratos del Sector Público recoge que no podrán contratar con empresas que hayan solicitado la declaración de concurso
Madrid, 10 de mayo de 2019.- El secretario general de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de USO (FTSP-USO), Basilio A. Febles, ha dirigido un escrito al Ministerio de Administraciones Públicas denunciando la adjudicación a la empresa Sinergias del servicio de vigilancia y seguridad y mantenimiento de equipos de seguridad de dos Oficinas de Extranjería y del edificio del Área de Sanidad Exterior, dependientes de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana.
Se da la circunstancia de que, un día después de la adjudicación de estos servicios, la mercantil Sinergias de Vigilancia y Seguridad presentó declaración de concurso de acreedores voluntario. El pasado 3 de mayo se formalizó el contrato de este servicio de vigilancia en los organismos dependientes de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. “Este hecho está fuera de toda legalidad, ya que la Ley de Contratos del Sector Público establece en su artículo 71 la prohibición de contratar con empresas que hayan solicitado declaración de concurso voluntario”, confirma el secretario general de la FTSP-USO.
Febles califica estos hechos de muy graves, “ya que es la primera vez que tenemos conocimiento de que un Ministerio adjudica un servicio a una empresa declarada en concurso de acreedores. Entendemos que existe mala fe por parte de la empresa, al no declarar su situación concursal antes de formalizar el contrato y desconocemos si el Ministerio tenía conocimiento de estos hechos ya que, en caso afirmativo, puede enfrentarse a un posible delito de prevaricación”.
Además de incurrir en esta ilegalidad, la Inspección de Trabajo emitió en febrero de 2019 una resolución, tras una denuncia de la FTSP-USO en la Comunidad Valenciana, en la que constataba que Sinergias retrasa el pago del salario a sus trabajadores -incumpliendo el artículo 38 del Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Seguridad Privada- y que aplica a su plantilla un convenio de empresa que es menos favorable a nivel retributivo que el convenio del sector.
Por todos estos motivos, la FTSP-USO ha solicitado la rescisión de este contrato de seguridad y se reserva la puesta en marcha de acciones judiciales para esclarecer estos hechos.